APELACIONES DE INMIGRACIÓN / MOCIONES DE REAPERTURA / RECONSIDERACIÓN

¿PUEDO HACER ALGO CONTRA UNA DECISIÓN DESFAVORABLE DEL USCIS?

Sí, puede presentar un recurso o una moción.

Un recurso es una solicitud para que otra autoridad revise una decisión desfavorable. 

Puede apelar algunas decisiones del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) ante la Oficina Administrativa de Apelaciones (AAO) o la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), una oficina del Departamento de Justicia de EE.UU. 

La BIA y la AAO son entidades que tienen jurisdicción sobre diferentes tipos de casos de inmigración. Su notificación de denegación o revocación le proporcionará información sobre si la decisión puede ser recurrida y dónde presentar su recurso.

SOY BENEFICIARIO DE UNA PETICIÓN DE VISADO DENEGADA O REVOCADA. ¿PUEDO PRESENTAR UN RECURSO O UNA MOCIÓN?

Generalmente, sólo el peticionario puede presentar una apelación o moción de una petición de visado denegada o revocada. Si usted es el beneficiario, normalmente no puede presentar una apelación o moción a menos que sea el peticionario y el beneficiario. Sin embargo, si usted es el beneficiario del Formulario I-140, Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, es posible que pueda presentar una apelación o moción en un proceso de revocación solamente. 

RECURSOS

¿QUÉ ES UN RECURSO?

¿QUÉ OCURRE CUANDO PRESENTO UN RECURSO ANTE LA AAO?

Cuando usted apela una decisión ante la AAO, la oficina del USCIS que tomó la decisión original revisará primero la apelación para determinar si tomará una acción favorable y concederá el beneficio de inmigración solicitado. 

Durante esta "evaluación inicial sobre el terreno", la oficina revisora tratará el recurso oportuno como una moción de reapertura o una moción de reconsideración y aprobará la solicitud o petición o remitirá el recurso y el expediente procesal asociado a la AAO para que emita una nueva decisión.

¿CÓMO PUEDO SABER SI LA RESOLUCIÓN DE MI CASO ES RECURRIBLE?

Su notificación de denegación o revocación incluye información sobre sus derechos de apelación.

¿CÓMO PRESENTO UN RECURSO?

Las apelaciones se presentan utilizando el formulario I-290B, Notificación de apelación o Moción, se aplican algunas excepciones.

Las apelaciones de las decisiones sobre un Formulario N-400, Solicitud de Naturalización, se hacen en el Formulario N-336, Solicitud de Audiencia sobre una Decisión sobre Procedimientos de Naturalización bajo la Sección 336.

Los recursos contra las decisiones sobre las solicitudes de trabajadores inmigrantes especiales y de legalización y cancelación de la condición de residente legal temporal en virtud de las secciones 210 y 245A de la Ley de Inmigración y Naturalización se presentan mediante el formulario I-694, Notice of Appeal of a Decision (Notificación de recurso contra una decisión). En virtud de las secciones 245A o 210 de la Ley de Inmigración y Naturalización.

Las apelaciones de decisiones sobre un Formulario I-130, petición de familiar extranjero, u otras decisiones que se apelan ante la BIA, se presentan mediante el Formulario EOIR-29, Notificación de apelación de una decisión de un funcionario del Departamento de Seguridad Nacional de EE.UU. ante la Junta de Apelaciones de Inmigración, ante la oficina que tomó la decisión.

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